El caso de los trabajadores de Independence Drilling S.A. en Arauca

ES UN CASO ABERRANTE DE DESCONOCIMIENTO DE DERECHOS Y LAMENTABLEMENTE AMPARADO POR LA MULTINACIONAL OCCIDENTAL DE COLOMBIA LLC.

 “Esta es una de las peores empresas al servicio de la multinacional Occidental de Colombia S.A., que ha prestado servicios en el Departamento de Arauca, la cual ha contado con la gracia cómplice de la operadora para cometer toda clase de desafueros con los trabajadores”

 

Arauca, 11 de enero de 2019. Este caso de los trabajadores de Independence Drilling S.A., comienza con una historia sostenida de abusos laborales de la empresa contratista de Occidental de Colombia LLC., en sus operaciones en el Departamento de Arauca.

Cuando Independence llegó a la región en el año 2006, aprovechando que la relación entre los trabajadores y la organización sindical no era la mejor, lo primero que hizo fue imponer turnos de trabajo de 12 horas, lo cual a medida que se fueron estableciendo relaciones con los trabajadores se pudo corregir hacia el año 2010 e instaurar los turnos de ocho (8) horas.

Por otro lado, las herramientas, máquinas y equipos de dicha empresa, sumada a una deficiente política de seguridad industrial fueron trayendo como consecuencia enfermedades a los trabajadores a su servicio al punto que hoy se cuentan, en esa sola empresa, más de un centenar de trabajadores enfermos con patologías diversas, especialmente del sistema óseo, muscular y psicológicas, debido a varios factores laborales como traumatismos, sobre esfuerzos laborales, presión laboral, entre otros.

Acompañada de las condiciones de trabajo se presenta una fuerte reducción de costos que influyó en la duplicidad de trabajo y esfuerzo de los trabajadores, que en muchos casos tuvieron que reemplazar la ayuda mecánica con su propio esfuerzo físico para completar las operaciones, como lo es la falta de grúas para levantar cargar pesadas o la eliminación de puestos de trabajo que se reflejó en sobrecarga laboral para los trabajadores.

Aunque la Unión Sindical Obrera Subdirectiva Arauca ha estado atenta a estas circunstancias y a resolver muchas de estas situaciones, no ha habido poder humano que convenza a esta empresa ni a la operadora Occidental de Colombia Llc., de interesarse de mejor manera por corregir las políticas de seguridad industrial de su empresa contratista; pareciera que existen intereses muy concernidos entre los dueños de estas empresas para sostener este tipo de vejámenes a los trabajadores.

Hemos de decirlo con conocimiento de causa que la lucha de estos trabajadores y de la organización sindical ha sido ardua y sostenida para defender los derechos legales y convencionales de aquellos, pues dicha empresa con distintas maniobras ha querido desconocerlos no solo de hecho, sino dando alcance limitado a los mismos, especialmente los derechos convencionales. Es bueno decirlo de paso, esta es una de las peores empresas al servicio de la multinacional Occidental de Colombia S.A., que ha prestado servicios en el Departamento de Arauca, la cual ha contado con la gracia cómplice de la operadora para cometer toda clase de desafueros con los trabajadores.

Desde el año pasado, por un error cierto de los trabajadores, el cual no ocultamos y es objeto de nuestro reproche, la empresa encontró una vía expedita para deshacerse de estos incomodos trabajadores en estado de debilidad manifiesta.

¿Cuál fue el error de los trabajadores? Haber hecho retiro de cesantías, presuntamente utilizando certificaciones laborales no expedidas por su empleador, en este caso Independence Drilling S.A. Es cierto que la conducta ocurrió, pero no en la medida que la empresa ha querido mostrar y defender, pues lo que hay en el fondo es la decisión de despido de los trabajadores alegando  justa causa.

Cabe aclarar que los trabajadores de Independence, al igual que de otras empresas, cayeron en manos de tramitadores y desde el año 2015 utilizaron dicho trámite de retiro de cesantías, para lo cual los mismos solo tenían que entregar a los tramitadores copia de la cedula ampliada y nada más. El resto lo hacían los tramitadores, por lo que con toda convicción podemos señalar que los trabajadores jamás falsificaron documento alguno.

El proceso llevado adelante ha estado plagado de mala fe y de interpretaciones sesgadas del texto convencional que sostienen hoy más de ocho trabajadores enfermos despedidos. Hemos recaudado pruebas en donde se ha podido demostrar que la empresa violó el procedimiento establecido en la Convención Colectiva de Trabajo en dichos despidos.

Los malos tratos para los trabajadores araucanos en este caso también están presentes, pues hay evidencias que algunos funcionarios de dicha empresa no rebajan a los trabajadores de delincuentes, cuando sin desconocer la falta que cometieron, la realidad no es esa. Primero, porque si bien retiraron unos dineros de cesantías, los mismos les pertenecían por lo que no se les puede endilgar de haber hurtado o defraudado a nadie; segundo, porque quien tiene posibilidad de calificar las conductas delictivas son las autoridades y hasta el momento no hay fallo alguno que así lo evidencie.

Se hicieron dos (2) reuniones con el Viceministro del Trabajo donde el tema se discutió, pero en dicha instancia no fue posible llegar a ningún puerto, pues las empresas no asumieron su error al momento de aplicar el procedimiento convencional, el cual, dicho sea de paso, es la fuente que nos ha sostenido involucrados en este proceso. Nuestra participación se supedita a que la empresa respete los procedimientos convencionales y eso lo haremos hasta el final. Pero tanto la empresa como el Ministerio centran su argumentación en los temas de índole moral y ética, asunto que si se mira en forma desprevenida puede validarse en gracia de discusión, pero si se mira el fondo del asunto, ello se puede convertir en un lastre de violación a los derechos convencionales de los trabajadores.

Partiendo del hecho que los trabajadores no cometieron delito alguno, no puede la organización sindical permitir que el trato que se les dé sea precisamente el de criminales, cuando no lo son y están lejos de serlo y cuando en el fondo está la obsesión de la empresa de prescindir de los trabajadores enfermos. Es más, partiendo de la presunción equivocada de las empresas quien tiene que calificar la existencia de un delito es la autoridad competente y en todo caso observando todas y cada una de las garantías del debido proceso.

Hemos visto, en Colombia, verdaderos criminales que han asesinado selectivamente, han hecho masacres, que han cometido conductas de desapariciones forzadas, de desplazamientos forzados, de torturas y asesinatos con sevicia, las amenazas, etc., que ha tenido juicios con todas las garantías del debido proceso y ahora, cómo es que a unos trabajadores que no han cometido delito alguno, se les permite violación de este derecho aduciendo meramente valores morales y éticos. Habría que preguntarse cuántos de esos valores éticos y morales tanto la operadora y su contratista han violentado en el desarrollo de sus procesos productivos, de eso hay mucho que decir. Con esto no es que estemos repeliendo ningún valor ético ni moral, por el contrario, en ellos nos afianzamos para engrandecer nuestras actividades diarias e igualmente en nuestros ideales de justicia formal y material.

Se le hicieron propuestas a Independence Drilling S.A., en presencia de Occidental de Colombia y del Viceministro del Trabajo para hacer reproche de la conducta de los trabajadores y que asumieran consecuencias por sus errores, pero no fueron aceptados por esta, de manera que el camino del diálogo con esta empresa no encuentra caminos viables, nos queda muchos otros caminos los cuales no desecharemos ninguno, esto es, la movilización de los trabajadores, las vías judiciales nacionales e internacionales, la denuncia, etc.

En razón de estas circunstancias, tal y como en asamblea extraordinaria se expresó a todos los trabajadores/as, la organización sindical no está en disposición de permitir que las empresas violenten nuestra Convención Colectiva cuando les convenga. Así es que hacemos un llamado de alerta y de resistencia para la defensa de la Convención Colectiva de Trabajo y de solidaridad con los trabajadores de Independence Drilling S.A.

 

UNIÓN SINDICAL OBRERA SUBDIRECTIVA ARAUCA

LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES NO SE RUEGAN, SE REIVINDICAN.

 

 

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